Acuden a la CIDH para frenar vulneración de los derechos de Ricardo Ponce por parte del Estado Peruano

Ante la cancelación injustificada de la audiencia en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur para determinar su libertad y la declaración infundada del Hábeas Corpus presentado, la defensa de Ricardo Ponce Núñez presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que se revise su caso y se formulen recomendaciones al Estado Peruano y a sus órganos jurisdiccionales para que cese la vulneración de sus derechos.

Han transcurrido más tres meses, es decir más de la mitad del plazo de prisión preventiva y no se ha resuelto el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Ponce Núñez que por ley debe resolverse en un plazo de 72 horas máximo.

Fue el 1 de enero de 2020 que se impuso prisión preventiva a Ponce Núñez por el plazo de seis meses y una semana después su defensa interpuso el recurso de apelación en contra de la resolución de prisión preventiva, la cual se e programó el 24 de marzo de 2020 a las 11 a.m.

 

La Corte Superior de Lima Sur, no permitió el ingreso del abogado de Ponce Núñez.

La realización de la vista de la causa de la apelación de Ponce Núñez se llevaría a cabo en la sede Trébol Azul de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, lugar donde queda la Primera Sala Penal de Apelaciones de Lima Sur.

Pese a la asistencia del abogado defensor a la hora indicada, no se le permitió el ingreso aduciendo que solo se estaban tramitando audiencias de personas detenidas en el día, incumpliendo con ello lo establecido en la Resolución Administrativa Nro. 115-2020-CE-PJ que autoriza la realización de audiencias y vistas de la causa relacionadas con la obtención de la libertad de una persona, como es la vista de apelación de una prisión preventiva.

El 03 de abril y ante la ineficacia de la vía ordinaria, se interpuso una demanda de Hábeas Corpus a favor de Ponce Núñez, debido a haberse hecho de conocimiento público que el exprimer ministro César Villanueva Arévalo, se le programó durante el estado de emergencia nacional, una audiencia de apelación de la variación de su prisión preventiva y el 01 de abril se emitió una resolución que ordenó su inmediata liberación.

Una situación similar ocurrió el 07 de abril en el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que programó la audiencia de variación de prisión preventiva del exsecretario del partido Fuerza Popular, Jaime Yoshiyama Tanaka, lo cual puso en evidencia que las audiencias relacionadas con la prisión preventiva de un procesado sí deben ser programadas y realizadas.

En el mismo día, el Juzgado Penal de turno de Lima emitió resolución que rechazó liminarmente la demanda de hábeas corpus en favor de Ponce Núñez, razón por la cual el mismo 07 de abril se formuló una petición formal ante la CIDH para que se revise su caso y se formulen recomendaciones al Estado Peruano y a sus órganos jurisdiccionales para que cese la vulneración de sus derechos.

Queja disciplinaria

Hace una semana se interpuso una queja disciplinaria en contra de los magistrados de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Lima Sur, siendo atendida el mismo día por la magistrada Esther Felices Mendoza, jefa de la ODECMA LIMA SUR.

La magistrada aseguró que se reprogramaría en la brevedad y que estaría a cargo de la Sala Mixta de Emergencia de Lima Sur, sin embargo, hasta la fecha no se ha reprogramado.

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