

Cómo terminar con la pesadilla del inquilino moroso
Un contrato mal hecho puede producir un infierno inacabable. Todo lo que tiene que saber para protegerse de un mal inquilino, lo encontrará aquí...
Un contrato mal hecho puede producir un infierno inacabable. Todo lo que tiene que saber para protegerse de un mal inquilino, lo encontrará aquí.
En julio de 2019, Rolly Cadillo Parodi debía más de 20 mil soles de alquiler a una señora de avanzada edad que padece de cáncer. Ante una cámara de televisión que buscaba denunciar este caso, Rolly, con la serenidad de quien vive con la consciencia limpia, declaró: “Soy moroso, sí lo soy, igual que todos los peruanos”. Tremendo problema, para quienes viven del arrendamiento, encontrarse con pensamientos como este.
El especialista en Derecho Civil, Renzo Gotelli, recomienda tener cuidado, fundamentalmente, con el tipo de contrato de arrendamiento, para luego no tener problemas para desalojar a quienes incumplen con el pago del inmueble. “Si se ha firmado un contrato con la cláusula de allanamiento anticipado, lo que se hace es ir a un Juzgado de Paz Letrado y buscar que el moroso salga de una forma rápida. Para esto se tiene que tener cuidado en el contrato y que estén legalizadas las firmas. Este proceso judicial podría llegar a durar un año, porque esto se puede apelar una instancia más, hasta el Juzgado Especializado Civil. No es un escenario del todo óptimo”, mencionó Gotelli.
Asimismo sumó otra opción para el contrato de arrendamiento, la Ley 30933 que permite la intervención de un notario para desalojar al incumplido inquilino. “También tenemos esta nueva figura de la clausula del desalojo notarial. Se está publicitando mucho esta ley, pero no es tan sencilla de aplicar. En este tipo de situaciones también se hace un contrato con clausula de allanamiento anticipado, pero también hay que firmar un contrato vía escritura pública o inclusive hasta inscribir tu contrato de arrendamiento, lo que produce un gasto adicional”.
¿Cómo funciona el desalojo notarial?
Ante el caso de un moroso, ya no es necesario presentarse ante un juez, ahora se debe acudir a la notaría. Al revisar el caso, el notario levanta un acta y esta funciona como si fuera una sentencia judicial. El notario envía esa acta al Juzgado de Paz Letrado de la localidad donde está ubicado el inmueble. El juez únicamente recibe esa acta y fija una fecha para el desalojo físico. Todo esto se supone que no debería demorar más de tres meses, pero todavía no podemos hacer una evaluación porque esta ley tiene muy poco tiempo.
Renzo Gotelli aconseja que de ninguna manera se omita hacer un contrato de alguna de las formas ya mencionadas: “Si no hay un contrato claro, estamos hablando de un proceso de ocupación precaria, y esto sí puede ser un infierno que llegaría hasta la corte suprema y que podría durar hasta 5 años sin poder desalojar al inquilino moroso”.
Finalmente, recomienda filtrar a cualquier persona que esté a punto de alquilarnos un inmueble: “Hay un registro de inquilinos morosos, pero muchas veces estos incumplidos están en pleno proceso judicial y todavía no tienen una sentencia firme, es decir no están registrados como morosos aunque lo sean. Así que también hay que revisar las centrales de riesgo, antecedentes penales, antecedentes policiales que ahora son mucho más fáciles de conseguir.
¿Qué pasa si uso la fuerza para un desalojo?
Pueden pasar dos cosas a nivel judicial. El inquilino puede interponer una denuncia por violencia o robo. Además, se puede estar cayendo en el delito de usurpación, porque sacar a alguien de un lugar a la fuerza, es ilegítimo, ya que esto le corresponde al Poder Judicial y se le estaría usurpando. En este caso, el Poder Judicial puede ordenar que el inquilino vuelva a meterse a la casa que no paga y que salga cuando todo se solucione por la vía legal.