Sunat tendrá acceso a depósito de toda persona que tenga S/ 10,000 o más en el sistema financiero
El reglamento se origina a partir del DL 1434, emitido en el 2018 por el entonces presidente Martín Vizcarra y comienza a funcionar a final de este mes
Por: Infolegal.pe
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) publicó este domingo el anexo del reglamento del Decreto Legislativo 1434, emitido durante el gobierno de Martín Vizcarra, a través del cual todos los depósitos iguales o mayores a S/ 10,000 será informado a la administración tributaria.
En esos casos, los bancos, financieras, cajas municipales, cajas rurales y cooperativas de ahorro y crédito tendrán que especificar los datos de los titulares de las cuentas, sean personas o empresas, así como de sus depósitos. También, deberán incluir la información del saldo, montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados en la cuenta durante el período que se entrega.
Además, si una persona tiene una o más cuentas, solo se deberá especificar las que tengan cuentas con montos igual o mayor a s/ 10,000. Asimismo, si se realizó una cancelación de alguna cuenta, se debe informar la fecha en la que se hizo la operación.
Por otro lado, si los ingresos están en dólares, se debe realizar la conversión a moneda nacional con el tipo de cambio especificado en la página de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), vigente el último día calendario del periodo que se informa o, en su defecto, el último publicado.
A su turno, Rolando Castellares, experto en legislación bancaria, explicó qué las entidades bancarias están prácticamente obligadas a brindar la información de sus clientes, violando el secreto bancario. “De este modo, se elimina el secreto bancario respecto a la Sunat, sacrificándolo y eliminando la reserva y privacidad que deben tener estas operaciones pasivas o de ahorro, solo bajo el argumento de facilitar la labor de la Sunat, que bien podría recurrir a otras fuentes y recursos para cumplir con su función”, afirmó el especialista.