SUNARP emite directiva que regula procedimientos registrales y modifica reglamentos de inscripción

Resolución N° 107, modifica además el Reglamento de Inscripción del Registro de personas jurídicas, propiedad vehicular, público de aeronaves, entre otros

Por: Infolegal.pe

De conformidad con la facultad conferida en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; contando con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral, entre otros. 

SUNARP, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 107-2020-SUNARP-SN, aprueba la Directiva DI-002-SNR-DTR, Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos. Dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el último 14 de agosto. 

Cabe destacar que la resolución agrupa determinados actos inscribibles y procedimientos administrativos a cargo de la SUNARP tanto por contener requisitos con cargas administrativas similares como por compartir aspectos determinantes que obedecen a la aplicación del principio de necesidad. 

Asimismo, se modifica el Reglamento de Inscripción del Registro de personas jurídicas, propiedad vehicular, público de aeronaves, buques, de embarcaciones pesqueras y naves, predios, del índice de verificadores del Registro de Predios e incorporación de artículos en reglamentos de inscripción.  

Al respecto, llama la atención que en varios supuestos aumenta los requisitos que la propia ley establece, con violación del principio de legalidad; en suma, impone más exigencias que  al parecer pasan a convertirse en barreras burocráticas e irrazonables. Por lo que, nos obliga a formular las siguientes preguntas: ¿Qué finalidad tiene esta norma?, ¿reglamentar los reglamentos de SUNARP, interpretarlos, desarrollarlos, servir de guía de actuación?.  

Resolución SUNARP
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