Se suspende aplicación de artículo de Ley eléctrica para corregir distorsiones en tarifa

Se suspende aplicación de artículo de Ley eléctrica para corregir distorsiones en tarifa

La suspensión será hasta que el INEI emita un nuevo informe técnico de estratificación socioeconómica en el ámbito nacional, supervisado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).

Por: Infolegal. 

El Gobierno peruano ha promulgado la Ley N.º 31713 que suspende la aplicación del artículo 3-A de la Ley N.° 27510, que crea el Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE), que establecía criterios de exclusión de usuarios del servicio de electricidad ubicados en manzanas calificadas como estrato alto y medio alto. El objetivo de la suspensión es corregir las distorsiones en las tarifas eléctricas que afectaban a personas de escasos recursos debido a un informe “desactualizado” del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

LEY Nº 31713

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE SUSPENDE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3-A DE LA LEY 27510, LEY QUE CREA EL FONDO DE COMPENSACIÓN SOCIAL ELÉCTRICA

Artículo único.- Suspensión de aplicación del artículo 3-A de la Ley 27510

Se suspende hasta el 31 de diciembre de 2023 la aplicación del artículo 3-A de la Ley 27510, Ley que crea el Fondo de Compensación Social Eléctrica, a fin de corregir las distorsiones en las tarifas eléctricas generadas con la implementación de dicho artículo, el cual establece criterios de exclusión de usuarios del servicio de electricidad ubicados en manzanas calificadas como estrato alto y medio alto, según el plano estratificado disponible por manzanas del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los siete días del mes de marzo de dos mil veintitrés.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2162071-1

Fuente: El Peruano.

 
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