Prueba directa e indirecta en el delito de tráfico ilícito de drogas

R.N. N° 1342-2018 LIMA

Por: Isabella Bustamante/ Infolegal.pe

La presente resolución de fecha 19 de noviembre de 2019, consiste en un recurso de nulidad interpuestos los siguientes:

  1. El encausado Jorge Alberto Cardona Martínez contra la sentencia del 3 de abril de 2018, que lo condenó, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado, a 11 años y 6 meses de pena privativa de libertad, 200 días multa y expulsión del país, así como al pago de S/. 12.000 por concepto de reparación civil.
  2. Los encausados Jeans Vicente Urbina Guevara y Víctor Manuel Valencia Bohórquez contra la sentencia ordinaria del 31 mayo del 2018, que los condenó como coautores del delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado a 15 años de pena privativa de libertad, 180 días multa y expulsión del país, así como al pago solidario, ya fijado, de S/. 12.000 por concepto de reparación civil; con lo demás que al respecto contiene.

Sumilla:

La sindicación inmediata y espontánea por parte de uno de los encausados con otro -la policía, al intervenir, no sabía de la existencia de uno de ellos, luego, no es dable afirmar que lo presionó ilícitamente para sindicarlo- al punto que este último se alojaba muy cerca del predio alquilado por uno de los encausados, y el hecho de que uno de ellos bajara ante un mero silbido de aquél, lo que revela un trato amical y confianza mutua, así como que no ha justificado la presencia de este último en Perú y que el referido anotó que el ulterior contacto con su coencausado era para comprar un celular, pero está probado que éste ya tenía uno.

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Resolucion_10_20200213105626000661414-1
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