Oficializan Ley de ascensos de supervisores técnicos y suboficiales u oficiales de mar de las Fuerzas Armadas
A fin de garantizar una línea de carrera técnico-profesional, sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los participantes
Por: Infolegal.pe
El Congreso de la República emitió la Ley de ascensos de supervisores técnicos y suboficiales u oficiales de mar de las Fuerzas Armadas, con el objeto de establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos, así como las competencias de las juntas correspondientes.
La Ley N° 31251 fue publicada este domingo 4 de julio, en el diario oficial El Peruano; y esta se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética.
Los requisitos para postular al proceso de ascenso son: (i) Tiempo de servicio real y efectivo como supervisor, técnico, suboficial u oficial de mar en el grado militar; (ii) Aptitud psicosomática y física; (iii) Aptitud técnico-profesional; (iv) Aptitud disciplinaria.
Las vacantes son las plazas disponibles para el ascenso en cada grado militar. Son expedidas mediante resolución de la dirección general de personal o la que haga sus veces. La declaratoria y número de vacantes son expedidos anualmente y permanecen inalterables a lo largo del proceso.
La implementación de las acciones a que se refiere la presente norma se financiará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, sin demandar recursos adicionales al tesoro público y conforme a las disposiciones legales vigentes.
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