Nueva tasa de interés moratorio en moneda nacional para tributos administrados

Por:Infolegal.pe

La Superentendía Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria mediante Resolución de Superintendencia N°000044-2021/SUNAT modifico la tasa de interés moratorio en moneda nacional para tributos administrados o recaudados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT)

Este cambio obedece a que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria es quien establece la Tasa de Interés Moratorio respecto de los tributos que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo, valor que no podrá exceder del 10% por encima de la tasa activa de mercado promedio mensual en moneda nacional, según lo regula en el Decreto Legislativo N°1053 en concordancia con el Código Tributario.

La modificación se produce por la variación en la tasa de referencia del Banco Central de Reserva del Perú, el cual se redujo a 0.25%, lo cual motivo la reducción progresiva de la Tasa Activa Promedio en Moneda Nacional que es publicada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, el cual tiene vigencia desde el 1 de abril de 2021.

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