

Minsa deroga normas post emergencia sanitaria para promover la convivencia tras el Covid-19
Las Resoluciones fueron publicadas en el boletín de normas del diario Oficial El Peruano.
Con el vencimiento de la última prórroga de 90 días de la emergencia sanitaria por la covid-19 el pasado 25 de mayo, el Ministerio de Salud (Minsa) ha emitido una serie de disposiciones derogando normas relacionadas con la convivencia social. Estas medidas buscan adaptar las regulaciones a la nueva etapa post pandemia y fomentar una gradual vuelta a la normalidad.
En primer lugar, mediante la Resolución Ministerial N° 505-2023/MINSA, se ha derogado la Resolución Ministerial N° 899-2020/MINSA, que aprobaba la Directiva Sanitaria N° 121-MINSA/2020/DGIESP para el reinicio de actividades religiosas o de culto en el marco de la emergencia sanitaria de la COVID-19. Esta medida permitirá flexibilizar las restricciones para la realización de actividades religiosas, dando mayor autonomía a las instituciones religiosas en la gestión de sus actividades.
En segundo lugar, mediante la Resolución Ministerial N° 506-2023/MINSA, se ha derogado la Directiva Sanitaria que establecía medidas para la reincorporación progresiva de la actividad física y de recreación en espacios públicos durante el contexto de la COVID-19, aprobada por la Resolución Ministerial N° 350-2020-MINSA. Con esta derogatoria, se espera fomentar la reactivación de la actividad física y recreativa en espacios públicos, permitiendo a las personas retomar gradualmente sus actividades deportivas y recreativas al aire libre.
En tercer lugar, la Resolución Ministerial N° 507-2023/MINSA deroga la Directiva Sanitaria que establecía el Protocolo de seguridad y prevención contra la Covid-19 para las actividades de la campaña electoral en las Elecciones Generales 2021, aprobada por la Resolución Ministerial N° 140-2021/MINSA. Esta derogatoria implica que las actividades políticas y electorales ya no estarán sujetas a medidas sanitarias específicas relacionadas con la pandemia, brindando mayor flexibilidad para la realización de eventos políticos.
Finalmente, mediante la Resolución Ministerial N° 508-2023/MINSA, se deroga el Documento Técnico que establecía recomendaciones sobre el uso de Escudos Faciales (Caretas) en los Establecimientos de Salud y en la comunidad en el contexto de la pandemia de COVID-19, aprobado por la Resolución Ministerial N° 447-2020-MINSA. Esta derogatoria indica que el uso de escudos faciales deja de ser obligatorio en los establecimientos de salud y en la comunidad, adaptando las medidas de protección a la evolución de la situación epidemiológica.
Es importante destacar que estas derogatorias no implican una relajación total de las medidas de prevención y cuidado ante la covid-19. El Minsa ha enfatizado la importancia de continuar con las medidas de higiene personal, el distanciamiento físico y el uso de mascarillas como medidas fundamentales para prevenir contagios.
NL20230529-8-12