Ministerio Público: dejan sin efecto el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo”
También disponen que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público formule modificatorias


Por: Infolegal.pe
Con el objetivo de dar cumplimiento a los presupuestos establecidos en la Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA, de fecha 28 de abril de 2020, que aprueba el documento técnico “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 265 y 283-2020-MINSA; respecto a las medidas preventivas y de control al retorno de labores que todo empleador debe implementar para garantizar la seguridad y salud en el trabajo (en el contexto de la COVID-19 en el centro laboral), el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, procedió a aprobar el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo”; que fue oficializado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 727-2020-MP-FN, de fecha 24 de junio de 2020.
Sin embargo, mediante Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA, de fecha 30 de junio de 2020, se derogó la Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y sus modificatorias, aprobándose un nuevo documento técnico denominado “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, estableciéndose nuevas medidas sanitarias preventivas y de control para los centros de trabajo, que corresponde implementarse en las entidades del sector público desde el 1 de julio de 2020.
A consecuencia de lo señalado anteriormente, el Ministerio Público, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 802-2020-MP-FN del 16 de julio, deja sin efecto, el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo”, oficializado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 727-2020-MP-FN, de fecha 24 de junio de 2020.
Asimismo, dispone que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público formule las modificatorias del “Plan de Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el trabajo”, conforme a las vigentes medidas sanitarias y de prevención emitidas por el Ministerio de Salud a través de la Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA, poniéndolas a conocimiento de este despacho, dentro del plazo de 5 días calendario de emitida la presente resolución.
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