

MINEDU MODIFICA DISPOSICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LAS INSTITUCIONES Y PROGRAMAS EDUCATIVOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DE LOS ÁMBITOS URBANOS Y RURALES, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DE LA COVID-19
Por Infolegal.pe
Con la finalidad de establecer condiciones necesarias para que las instituciones o programas educativos puedan brindar el servicio educativo con algún grado de presencialidad, conforme a la Resolución Ministerial N° 458-2021 se ha resuelto lo siguiente:
- Modificar la consulta para el retorno al servicio presencial o semipresencial y dispone que las DRE/GRE publiquen su cronograma oficial para este proceso antes de finalizar el año 2021.
- Del mismo modo, establecen como grupo prioritario a los estudiantes de 5to grado de secundaria de EBR y 4to grado del ciclo avanzado de EBA.
- También actualizan los protocolos de bioseguridad según el marco legal del Ministerio de Salud.
Entre las modificaciones se tiene que las instituciones o programas educativos, en los que se disponga el reinicio del servicio educativo presencial o semipresencial, deben estar habilitadas para tal fin. Además, estos deben garantizar las condiciones de bioseguridad en el local escolar para la preservación de la salud en la prestación del servicio educativo presencial o semipresencial y las condiciones sociales. Para ello, las direcciones o gerencias regionales de Educación publicarán un cronograma de retorno a la presencialidad o semipresencialidad antes de fin de año.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 1 de la Resolución Ministerial, se precisa que para el retorno al servicio educativo se hace con los padres de familia o apoderados que manifiesten su acuerdo, para lo cual no se requiere mayoría, y que las familias deben brindar su consentimiento expreso para que los estudiantes retornen al servicio educativo presencial o semipresencial.
Además, establece que, en lo que atañe al distanciamiento físico, se debe mantener más de 1.5 metros de distancia con otras personas, así como que el área mínima por persona es de 2,25 m².
A nivel nacional, ya hay 17 387 servicios educativos que ofrecen clases con algún grado de presencialidad a 852 909 estudiantes.