La bancada del Partido Morado propone el Proyecto de Ley 05557/2020-CR

“Ley que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal para asegurar la reparación civil integral a las víctimas de trata de persona y de explotación en todas sus formas”

Por: Infolegal.pe

Que la presente Proyecto de Ley 05557/2020-CR fue presentado con fecha 18.06.20 el cual tiene como objetivo proveer a las victimas de los delitos de “tratas de personas y de explotación en sus distintas formas” de manera que pueda ejercer de manera pronta ya adecuada sus derechos durante el proceso penal y satisfacer sus interesa patrimoniales o extrapatrimoniales los cuales son determinados por el juez como reparación civil.

Señala que quien comete un delito tiene una responsabilidad civil de naturaleza extracontractual lo cual consecuentemente deberá resarcir el daño a la víctima; siendo así que la reparación civil en particular se hace efectiva mediante dos modalidades: la restitución del bien involucrado o si el posible el pago de su valor y la indemnización de los daños y perjuicios.

Asimismo indica que la trata de personas está orientada a situaciones de explotación en sus distintas formas, lo que se supone en contra de su voluntad, siendo así el Estado peruano cumple con prever un mecanismo para la reparación del daño ocasionado de la víctima, sin perjuicio que la victima decida recurrir a la vía civil.

Esta propuesta tiene como referente la “Ley modelo contra la trata de personas elaboradas por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito”, así como las legiones de Nepal contra el trabajo en servidumbre y de México contra la trata de personas.

La aprobación del presente proyecto de ley surtirá efecto sobre dos cuerpos normativos nacionales a saber el Código Penal y el Código Procesal Penal; se propone modificar el articulo 93° del Código penal, ubicado en el Capítulo I “Reparación Civil” Titulo VI “Reparación Civil y consecuencias accesorias” a efectos de consignar criterios mínimos que los jueves deben considerar de manera obligatoria en la determinación de la reparación civil a favor de las víctimas de los delitos de trata de personas y de explotación en sus distintas formas.

Asimismo se propone la modificación de los artículos 102° y 494° del Código Procesal Penal aprobado mediante el Decreto Legislativo 957 referido al trámite de la constitución en actor civil y la incautación y comiso respectivamente, asimismo la elaboración de esta última modificatoria requerirá a su vez que le Programa Nacional de Bines Incautados adscrito al Ministerio Publico  que adecue sus procedimientos para cumplir con el mandato judicial a  favor de las víctimas.

Por último la aprobación  del Proyecto de Ley en el extremo qué facilita la constitución en el actor civil de las niñas , niños y adolescentes víctimas de trata de personas y de explotación , también tendrán un impacto positivo en la productividad de los defensores públicos de víctimas de Dirección General de Defensa Publica y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que el 2017 solo logro constituirse en actor civil en el 2% de sus casos patrocinados y el primer trimestre del 2018 en el 3%.

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