Instituciones públicas y privadas deberán otorgar licencia con goce de haber a empleados que no pueden acogerse al teletrabajo

 

Nuevas medidas extraordinarias emitieron en el Decreto de Urgencia Nº 029-2020 a fin de reducir el riesgo de propagación del coronavirus (Covid-19). Siendo una de ellas, que las entidades de los sectores público y privado deberán otorgar licencia con goce de haber a los empleados que no puedan acogerse al teletrabajo.

La norma establece que empleados del sector público deberán acogerse a la compensación de horas tras la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, a menos que opten por otro mecanismo compensatorio.

En caso del sector privado, se aplicará un acuerdo entre las partes y, a falta de este, correspondería la compensación de horas tras concluir la emergencia.

La medida autoriza a los empleadores del sector público y privado a que, durante el plazo de vigencia de la emergencia sanitaria, puedan modificar y establecer de manera escalonada los turnos y horarios de trabajo de los trabajadores y servidores civiles que deberán seguir desempeñando sus funciones.

El documento precisa que esta medida no afecta el derecho al descanso semanal obligatorio.

 

Aquí el Decreto de Urgencia

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