Gobierno extendió el estado de emergencia hasta el 30 de junio

Por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.

Por: Infolegal.pe

Disposición entrará en vigencia a nivel nacional desde el martes 1 hasta el miércoles 30 de junio del presente año, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.

Bajo ese contexto, a través del Decreto Supremo N° 105-2021-PCM promulgada hoy en el diario oficial El Peruano, queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.

El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente.

Asimismo, dispone una nueva clasificación de las provincias de acuerdo al nivel de alerta de contagio del COVID-19, establecido en extremo, muy alto y alto, misma que rige desde el lunes 31 de mayo hasta el 20 de junio de 2021.

En cuanto al domingo 6 de junio de 2021, en el marco de las elecciones generales, a nivel nacional, las personas podrán acudir a los locales de votación para ejercer su derecho de sufragio y participar como miembros de mesa, manteniendo las prácticas saludables, y cumpliendo los protocolos aprobados por la ONPE, suspendiéndose por ese único día, el proceso de vacunación contra la COVID-19.

Entre otras disposiciones, también señalan que durante todo el domingo 20 de junio en el que se conmemora el día del padre a nivel nacional, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, estando prohibido el uso de vehículos particulares, pudiendo trasladase a pie o en bicicleta para la adquisición de productos de primera necesidad, medicinas y recojo de alimentos en restaurantes.

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