Fuerza Popular: JNE confirmó resolución que declaró infundada solicitud de nulidad de la votación  

Realizadas en mesa de sufragio del distrito de San Pablo, provincia de Bellavista (San Martín) y el distrito de Aurahua, provincia de Castrovirreyna (Huancavelica) 

Por: Infolegal.pe

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, con el fundamento de voto del señor magistrado Jorge Luis Salas Arenas y el voto en minoría del señor magistrado Víctor Raúl Rodríguez Monteza, en uso de sus atribuciones, resolvió declarar improcedente el pedido de solicitar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, “el padrón o lista de electores de la mesa de sufragio” presentado por Liliana Milagros Takayama Jiménez, personera legal nacional titular de la organización política Fuerza Popular. 

Por ello, emitió la Resolución N° 0710-2021-JNE que confirmó Resolución N° 01362-2021-JEE-MOYO/JNE, que declaró infundada solicitud de nulidad de la votación realizada en Mesa de Sufragio del distrito de San Pablo, provincia de Bellavista (San Martín). 

Asimismo, el JNE mediante Resolución N° 0724-2021-JNE confirmó Resolución N° 01080-2021-JEE-HVCA/JNE, que declaró infundada solicitud de nulidad de votación efectuada en Mesa de Sufragio del distrito de Aurahua, provincia de Castrovirreyna (Huancavelica). 

Por ende, en ambas Resoluciones ordenan se remita al Ministerio Público el informe pericial, presentado por la organización política apelante, así como los actuados pertinentes. 

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