FREPAP propone establecer nuevo contrato social en materia de pensiones

P.L. 6065, busca brindar pensión solidaria a personas que viven en zonas vulnerables, en situación de pobreza y pobreza extrema, que no cuenten con pensión mínima

Por: Infolegal.pe

El grupo parlamentario FREPAP a iniciativa del congresista Wilmer Cayllahua Barrientos, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa, el 26 de agosto, presentó el Proyecto de Ley 06065/2020-CR, que propone establecer el nuevo contrato social en materia de pensiones. 

La propuesta, tiene por objeto garantizar un sistema de pensiones universal y sostenible que garantice el derecho de todos los ciudadanos a gozar de una pensión digna a la edad de jubilación, con especial énfasis en personas en situación de vulnerabilidad. 

Por lo que, se dispone que se destine el 3% del Impuesto General a las Ventas generado por las personas jurídicas, y hasta el 10% del presupuesto público no ejecutado en el ejercicio anterior, para brindar pensión solidaria a personas que viven en zonas vulnerables, en situación de pobreza y pobreza extrema, que no cuenten con pensión mínima. 

Al respecto, la entrega de la Pensión Complementaria, los afiliados tienen derecho a elegir el momento en el que recibirán la pensión complementaria: Recibir a partir de los 90 años de edad, por concepto de IGV de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 de la presente; de forma conjunta con la pensión obtenida de su cuenta de capitalización y/o empezar a recibir una pensión complementaria a partir de los 90 años de edad, por concepto de IGV, de conformidad con el numeral 2.1 del artículo 2 de la presente ley.  

En cuanto a la primera disposición complementaria final, la iniciativa dispone la modificación del literal d) del artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo 054-97-EF.

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