Entrevista. Especialista en derecho tributario: “El IGV no afecta a Netflix ni a Uber, pero sí a los usuarios”
Para Rodolfo Castro, el Impuesto General a las Ventas no era la medida tributaria adecuada para las plataformas que brindan servicios digitales.
La jefa de Sunat, Claudia Suárez, anunció que ya se encuentra lista la propuesta para que, a partir del 2020, se realice el cobro de impuestos a las plataformas digitales como Netflix, Spotify y Uber.
El especialista en derecho tributario, Rodolfo Castro, afirma que esta medida no se debe aprobar vía decreto de urgencia, ya que no es constitucional. Sin embargo, el hecho de que el Congreso haya sido disuelto, justificaría que se haga de esta manera.
“Como no hay una capacidad legislativa en el Perú, el Poder Ejecutivo está gobernando a través de Decretos de Urgencia. Sin embargo, según la Constitución (en el Artículo 74) los Decretos de Urgencia no pueden contemplar impuestos, porque en materia tributaria están prohibidos. La Sunat hizo una interpretación, ya que el Poder Ejecutivo no podría establecer, crear o modificar tributos a través de Decretos de Urgencia, siempre y cuando el Congreso esté funcionando, pero sabemos todos que no está funcionando”, mencionó Castro Valdez.
“La situación podría complicarse más con el tema de la forma de pago. Lo lógico es que este impuesto se cobre vía tarjetas de crédito o débito. Esto puede generar que las agencias bancarias también cobren comisiones”, agregó el abogado.
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