¡Atentos! Corte Superior Nacional dispone horario laboral para el mes de julio 

Y otras medidas de cumplimiento obligatorio de diversas medidas por parte de jueces y personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 

Por: Infolegal.pe

La Presidencia de la Corte Superior Nacional, mediante Resolución Administrativa Nº 000196-2021-P-CSNJPE-PJ, dispuso de cumplimiento obligatorio de diversas medidas, por parte de los jueces de todos los niveles y del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada desde  el día 01 al 31 de julio de 2021. 

Al respecto, señala sobre el trabajo presencial interdiario para los órganos jurisdiccionales y administrativos en esta CSN: 

(i) Desde las 09.00 hasta las 14.00 horas, debiéndose completar la jornada laboral en el día con tres horas de trabajo en la modalidad remota, es decir, la jornada laboral será de 08 (ocho) horas diarias; 

(ii) Los magistrados y personal de esta CSN, podrán realizar las tres horas de trabajo remoto complementario de manera presencial, en el horario de 15:00 a 18:00 horas, estableciendo que la hora de refrigerio será desde las 14:00 hasta las 15:00 horas.  

(iii) En el caso de los servidores que realizan resguardo, seguridad y vigilancia deberán prestar dichos servicios en consonancia con el horario establecido con su jefe inmediato y con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales.  

Ahora, sobre el trabajo remoto prescriben el horario de ocho horas diarias, conforme a lo dispuesto en la Versión N.º 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”. 

La recepción de documentos se continuará realizando mediante la Mesa de Partes Electrónica (MPE- EJE y no EJE); asimismo se precisa que el Expediente Judicial Electrónico solo se encuentra habilitado para la Etapa Intermedia en los procesos del CPP.  

Finalmente, disponen se haga de conocimiento la presente resolución a los magistrados Coordinadores de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, del magistrado Responsable de la Implementación del CPP, de los jueces de todas las instancias, entre otros, para los fines pertinentes. 

disponen-el-cumplimiento-obligatorio-de-diversas-medidas-por-resolucion-administrativa-no-000196-2021-p-csnjpe-pj-1968998-1-comprimido
CATEGORÍAS
ETIQUETAS
Compartir Esta