¡Atención Callao! Aprueban el Informe “Propuesta: Revisión de oficio del Factor de Productividad en el Terminal Muelle Sur del Terminal Portuario”

El factor de productividad se encontrará vigente hasta el 17 de agosto de 2025.

Por: Infolegal.pe

El 8 de octubre del año en curso, el Ejecutivo mediante Resolución de Consejo Directivo  0053-2020-CD-OSITRAN, aprobó el factor de productividad aplicable a los Servicios Estándar en el Terminal Muelle Sur del Terminal Portuario del Callao, ascendente a -0,52% (menos cero y 52/100 puntos porcentuales). Dicho factor de productividad se encontrará vigente hasta el 17 de agosto de 2025. 

Asimismo, estableció que la empresa concesionaria DP World Callao S.R.L. puede determinar libremente la estructura tarifaria al interior de cada una de las canastas de servicios regulados indicadas en el artículo precedente, siempre y cuando no se supere el precio tope establecido en el artículo 2 precedente, debiendo dar cumplimiento al Reglamento General de Tarifas del Ositrán. 

A su vez, las tarifas reajustadas aplicables a los servicios regulados entrarán en vigencia al día siguiente de vencido el plazo señalado en el artículo 22 del Reglamento General de Tarifas del Ositrán, para lo cual la empresa DP World Callao S.R.L. deberá cumplir oportunamente con su obligación de publicar e informar al Regulador acerca de las modificaciones a su tarifario, de conformidad con el Contrato de Concesión y el citado Reglamento General de Tarifas del Ositrán. 

Cabe destacar que, el Informe “Propuesta: Revisión de oficio del Factor de Productividad” antes citada, fue, elaborado por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos y por la Gerencia de Asesoría Jurídica del Ositrán en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario, y otros. 

Finalmente se dispuso la publicación de la presente resolución con la exposición de motivos y sus anexos, en el portal institucional (www.ositran.gob.pe), a su vez en el diario oficial “El Peruano”, el 12 de octubre de 2020, misma que se adjunta a la presente. 

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