Aprueban protocolo de retorno progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público

Por: Infolegal.pe

El Ministerio Público aprobó, mediante la Resolución Nº 626-2020-MP-FN, el “Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del COVID-19”, la cual fue publicada en el diario oficial “El Peruano”.

El objetivo es brindar los lineamientos generales a los funcionarios y servidores de la fiscalía para el retorno a las actividades laborales al término del aislamiento social obligatorio dispuesto por el Ejecutivo, en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional para prevenir la propagación del COVID-19.

Esto, con el fin de preservar la salud y las condiciones idóneas de bioseguridad para todos los integrantes del Ministerio Público en el desempeño de sus funciones, estableciendo las medidas de prevención, protección, así como el mantenimiento y salubridad de los ambientes en sus sedes para evitar la propagación del virus.

Dicho protocolo indica que, en caso el trabajo sea presencial, se establece la jornada laboral diaria e interdiaria desde las 7:30 a.m. hasta las 2:00 p.m., con horarios escalonados y diferenciados para evitar que el íntegro del personal asista a laborar simultáneamente y se reduzca el uso de transporte público, sobre todo en horas de mayor demanda.

El horario de la jornada laboral, tanto para el turno diario (de lunes a viernes) como para el interdiario (lunes miércoles y viernes o martes, jueves y sábado), serán de 7:30 a.m. a 12:30 p.m.; 8:00 a.m. a 1:00 p.m., 8:30 a.m. a 1:30 p.m. o de 9:00 a.m. a 2:00 p.m. Asimismo, los presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores, determinarán la jornada laboral diaria o interdiaria conforme a las necesidades del servicio fiscal según los horarios establecidos.

Respecto al trabajo remoto, se indica que se llevará a cabo para aquellos funcionarios y servidores que forman parte del grupo de riesgo o presentan alguna discapacidad, siempre que la naturaleza de sus funciones lo permita. Para que se lleve a cabo esta modalidad se requiere ciertos elementos tecnológicos que le permitan desarrollar las actividades asignadas, debiendo cumplir con las reglas de confidencialidad y protección de datos que resulten aplicables, El responsable del despacho fiscal, órgano o unidad orgánica, deberá identificar dichas herramientas necesarias como: conectividad, equipos, correo electrónico, aplicaciones y  soporte remoto.

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