¡Atención! Prorrogan por 60 días a partir del 27 de setiembre, el Estado de Emergencia en algunas avenidas del distrito de Villa El Salvador- Lima

Decreto Supremo N° 154-2020-PCM, medida alcanza a las Avenidas El Sol, Micaela Bastidas, Juan Velasco Alvarado y María Elena Moyano por impacto de daños ante la ocurrencia de gran incendio

Por: Infolegal.pe

En el marco de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley  29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento; la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, entre otros; y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. 

Ejecutivo,  mediante Decreto Supremo N° 154-2020-PCM, Prorroga el Estado de Emergencia por impacto de daños ante la ocurrencia de gran incendio, declarado mediante el Decreto Supremo N° 011-2020-PCM y prorrogado por otros,  en el sector comprendido entre las Avenidas El Sol, Micaela Bastidas, Juan Velasco Alvarado y María Elena Moyano, del distrito de Villa El Salvador, en Lima, por el término de 60 días calendario, a partir del 27 de setiembre de 2020, a fin de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan. 

Es así que el Ministerio de Vivienda, la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, con la coordinación técnica y seguimiento del INDECI, y la participación del MINSA, del MININTER, del MINDEF y demás instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan.  

Se precisa que, dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. La implementación de estas, se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. 

El presente Decreto Supremo, fue publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 24 de septiembre del año en curso y, refrendado por el presidente del Consejo de Ministros y demás ministerios vinculantes. 

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